Una Suprema Injusticia
Se suele afirmar con toda razón que los administradores del Poder Ejecutivo y los legisladores deben dar cuenta de sus actos y explicar sus errores u omisiones. La crisis del "que se vayan todos" puso foco en presidente y ministros y, especialmente, diputados y senadores. En una República, uno debería preguntarse además por los jueces. ¿Son pasibles de reclamo y enojo como el resto de los servidores públicos? ¿Por qué cuando se reclama por la impunidad, la falta de calidad institucional se relega la queja hacia los jueces?
Con contadas excepciones que tuvieron más que ver con caricaturas del disparate como las de Norberto Oyarbide, algunos investigadores de la corrupción lentos y encubridores como tortugas o magistrados indecentes que se han enriquecido de manera grosera en su función, la corporación judicial ha salido –y sale– indemne de los reclamos populares de transparencia, eficiencia y rendición de cuentas de sus actos. Todavía hay jueces que creen que pueden hablar por sus sentencias o que pueden seguir escribiendo sus resoluciones para el laboratorio jurídico sin importar si los ciudadanos a los que sirven lo entienden. Peor: hay fiscales que representan a la sociedad en el proceso penal que piensan lo mismo. Un oxímoron irritante.
Es hora de recordarlo: un juez no es un monarca de la aplicación de la ley. Es un servidor público solventado por el producto de los impuestos de todos para que vele por la legalidad en una sociedad organizada. Nada más. Nada menos, es cierto. Pero nada que ver con ciudadanos de primera que gozan de privilegios especiales.
La semana pasada tuvo un impactante ejemplo de esta oscuridad en la rendición de cuentas de los actos públicos. El fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que benefició a represores condenados por delitos de lesa humanidad con el llamado 2x1 será recordado como un agujero negro en el combate contra la impunidad argentina. Sus autores firmaron su sentencia. Ninguno accedió públicamente a explicar sus fundamentos. Con el mayor respeto por los jueces supremos, su negativa a enfrentar a la sociedad con voz propia es inadmisible y vergonzosa.
La decisión de creer que un secuestrador, torturador y asesino que usa el aparato del Estado debe contar con la atenuación de una formulita aritmética para zafar de parte de su pena no sólo es repulsiva sino ilegal. Frente a esto, se impone una explicación de los magistrados.
Los especialistas del derecho ya han opinado de manera suficiente como para no abundar en esta crónica. Sin embargo, corresponde como intento de divulgación periodística analizar el fallo desde dos planos. El del derecho y el del sentido común.
Por lo primero, los doctores Elena Highton (impacta su cambio radical de opinión respecto de sus propios fallos), Horacio Rosatti (si se me permite el comentario emocional, inesperado voto de un hombre respetable que tanto ha escrito sobre la Constitución) y Carlos Rosenkrantz forzaron un beneficio de la ley penal más benigna para hacerlo entrar en un mundo oscuro como los delitos de lesa humanidad. Para no ser demasiado técnicos, el delito de secuestro y desaparición es de efectos permanentes (aún siguen sin aparecer los secuestrados) y la condena del caso Miura fue en 2007. La mayoría de la doctrina dice que la ley que se aplica en estos casos es la vigente al momento de la condena (porque los efectos persisten) y no cuando se inicia el proceso. La ley del dos por uno se derogó en 2004. No corresponde tenerla en cuenta para este caso. Se aconseja especialmente leer el voto del doctor Ricardo Lorenzetti de enorme valentía y valor jurídico.
Por otro lado, los tratados internacionales que ha suscripto Argentina consideran que los delitos de lesa humanidad deben ser castigados de "manera adecuada" y son imprescriptibles e inamnistiables. No es cualquier delito. No se puede comparar con un simple robo. Rebajar la condena por una ley que no estaba vigente en la sentencia es atentar contra esa forma adecuada.
Sin embargo, la pregunta para todos nosotros es mucho más sencilla pero quizás más profunda. ¿Es justo que una persona que entró a un hospital, secuestró personas, las torturó y las desapareció se beneficie con una ley derogada que tuvo su origen en el desalojar las cárceles abarrotadas de procesados sin condena? Este cronista está convencido de que la mayoría de la ciudadanía respondería que no. ¿Y entonces por qué esta sentencia ahora? Caben dos respuestas: o los tres jueces fueron víctimas de una tiranía formal de las normas que les impidió ver la realidad que iban a modificar, o una concepción ideológica que desconoce lo que ya se ha probado respecto del período 1976-1983.
• Si es lo primero, estamos complicados. Poco le vamos a poder reclamar a otros jueces como, por ejemplo, Carlos Rossi de Gualeguaychú, que liberó a un condenado por violación por "buena conducta" a pesar de los informes de especialistas que advertían que volvería a violar como lo hizo con Micaela. Aplican la ley. Está escrito. Les importa poco las circunstancias del caso.
• Si es lo segundo, estamos al borde de un cambio brutal (por bruto, no por radical) de época. Hay quienes creen que los artífices de un Golpe de Estado no son delincuentes que merecen un repudio especial. Tratándose de jueces de la Corte Suprema, la avalancha de malas noticias está por desencadenarse.
Fue también extraña la posición del gobierno nacional. El secretario de derechos humanos Claudio Avruj dijo que hay que respetar la ley (una expresión de compromiso fenomenal como decir que el agua moja) y que no se puede interferir en las decisiones de los otros poderes. O no sabe o no dice la verdad. El Poder Ejecutivo (o cualquier otro) no puede interferir ni presionar antes de la toma de decisiones. La sentencia de la Corte tiene valor definitivo y no hay violación de la división de poderes en que el encargado de velar por la defensa de los derechos humanos opine ante el hecho consumado. El ministro de Justicia, en cambio, dio un paso más y rechazó la aplicación del 2x1 en todos los casos, incluidos claro estos delitos. Es un paso más, pero escaso. ¿Cree o no el gobierno de Cambiemos que lo consagrado por la Corte es injusto a la hora de poner en la calle a estos represores?
Allí se hizo notorio el silencio presidencial. Todavía está a tiempo Mauricio Macri para dar a conocer su posición que, ojalá, sea de repudio a una torcida aplicación del derecho formal que consagra una material injusticia. Se impone que el máximo representante institucional diga lo que piensa en una verdadera causa de Estado.
Por fin, para los jueces y los que miramos sus sentencia, conviene volver a citar en esta columna a una vieja profesora de Derecho de Rosario que solía aconsejar a sus alumnos. "Frente a un dilema jurídico, primero pregúntese cómo sería justo resolver desde el sentido común. Luego, el taparrabos jurídico siempre aparece". Se ve que aquí primó el deseo de tapar con grandes ropajes formales una verdadera injusticia. (Fuente: Diario La Capital de Rosario)