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Poner en claro no cuesta nada

El despido de un periodista

De la vida en sociedad y sus regulaciones

Un principio de hierro en el Estado de Derecho, es aquel que destaca que la voluntad de las partes, es ley para ellas, aclarando que esto será así, mientras no se violente la Constitución y sus leyes.

Pero hete aquí que las leyes existen para proteger la vida en sociedad, por ende las relaciones entre los humanos que somos, y aún entre nosotros y los entes no humanos, sean éstos portadores de Vida, o no; el Ambiente, para el caso. Todo lo que las leyes protegen recibe la denominación genérica de bien jurídicamente protegido que a escala filosófica del Derecho significa nada más y nada menos que esto no se toca, y que el plexo legal está listo para actuar de manera contundente sobre las transgresiones habidas y por haber, incluso bajo regulaciones de cómo proceder en todo esto sin provocar tensiones. Estos bienes se concretan en diferentes modos de existir: Individuales, colectivos y difusos, que muestran esferas de lo intocable. Por grado de pertenencia. También por carácter de esencialidad, o sea, como entes de Derecho.

Una de las piedras angulares del conjunto de bienes jurídicamente protegidos es la Libertad. Dado su carácter de pertenencia y de esencia, este Valor supera incluso el carácter de difuso, como lo son el Ambiente, la Democracia y el mismo Estado de Derecho. La Libertad no es relativa a puntos de apoyo conceptual; simplemente eso la convierte en una instancia superlativa absoluta, según las normas de nuestra Lengua. Casi inabarcable conceptualmente, la Libertad.

Por eso, nos resulta imperativo adosarle a su nombre casi etéreo una extensión lógica, indicativa de lo que queremos decir, en diferentes contextos, cuando la nombramos. Así, aparecen libertad ambulatoria, libertad de expresión, libertad de prensa, libertad de pensamiento, etcétera.

Como Valor moral y jurídico, la Libertad de pensamiento y su correlativa Libertad de expresión, constituye la matriz de los Derechos Humanos, por supuesto, junto al derecho a la existencia; el derecho a Ser.

Quitarle la Voz a alguien constituye lisa y llanamente una transgresión sobre la cual la Justicia debe caer en toda su contundencia. Es quitarle el pensamiento, la capacidad de comunicarlo, incluso su mero derecho a existir.

Vuelvo al inicio de este comentario. Los contratos entre partes son Ley para las mismas.

El Periodista empleado

La profesión que muestra claramente el uso de la Voz, es el Periodismo en todas sus manifestaciones, cada vez más complejas, conforme avanza la tecnología. El uso del papel, del sonido, de la imagen, instrumentos éstos que permiten la comunicación social, tiene en el periodista un Intocable; lo digo sin eufemismos. La persona que disfruta, sufre, se prepara y actúa para difundir lo difundible, es aquel demiurgo que armoniza el Universo. Así es, paisanos, el periodista es el intocable de la sociedad. Hable de lo que hable, diga lo que diga, represente un sistema de ideas o no lo represente. Siempre y cuando no delinca en esa tarea.

El problema es cuando el periodista se emplea bajo cláusulas de contratos impuestas por los propietarios de medios de comunicación, que no son necesariamente periodistas.

Pues es muy delgada, pero muy tenue la línea que marca la frontera entre su libertad, y el control de otros sobre su Voz. Pero debo afirmar aquí sin ponerme incómodo, que aún en las peores condiciones contractuales, el periodista no pierde su Libertad.

Si en una de esas el patrón empresario se disgusta por sus dichos, que pueden ser irritantes para el mandante último de aquel, por lo general el régimen político de gobierno vigente, entonces echará mano a sus cláusulas y lo despedirá“por no cumplir con el contrato”.

Para esta afirmación de que el periodista no perderá su Libertad ni aún ante un privado con el cual contratara y que su contrato sea ley para las partes, me asiste la simple razón de que la Libertad no entra en juego, ni aún en un contrato. Por más que quiera, un periodista no puede vender su Libertad bajo cláusulas. La Libertad no es un objeto de cambio.

El caso Víctor Hugo Morales

Este inmigrante uruguayo, especialista en deportes, buen cultor de la música clásica, excelente modulador fónico, devenido luego en portavoz de un régimen político argentino bajo cláusulas contractuales suculentas, ha sido despedido de la radio Continental, recién nomás. Sus patrones aducen en comunicación pública, que no cumplió con las cláusulas contractuales. Entonces Morales diatriba sobre su despido, se organizan concentraciones de sus inspiradores políticos, en denuncia contra el actual gobierno ejecutivo, administrador de la República, al que le achacan las culpas, inexistentes, de la situación planteada. Se esgrime el derecho humano de la Libertad de expresión. Desmedida protesta, por cierto, por no dar en el blanco de la denuncia, porque Macri no tiene nada que ver el despido. Y a propósito de esto, deseo voltear a empujones aquella vieja afirmación de los nuevos adalides de los DDHH, que sostienen que éstos sólo se configuran en la relación de los particulares con el Poder de turno. Por lo que vengo afirmando desde el principio, todo sistema de relación, público o privado tiene que ver con los Derechos Humanos. Por eso, ahondo más esta postura crítica: El asesinato con un palo en la cabeza de la víctima, es de tan lesa Humanidad, como los atroces genocidios.

Así, la Libertad de expresión, en el caso Morales, ha sido violentada, aún sin que nadie deba decirme cuáles cláusulas pudieran haber sido violentadas por el periodista uruguayo. No me interesa saberlo. Sólo le otorgo la duda de que pueda haber cometido un delito ajeno a la tarea de difusión de la Voz de la radio Continental a través de la suya propia, cosa que no surge de los hechos. Pero para eso, están los fiscales, las denuncias de los afectados, e incluso la Notitia criminis; que se sepa, hasta ahora, nada de eso existió.

De la falsedad argumental

Cual horda primitiva, en las redes sociales, salieron voces defendiendo a Morales. Pero mezquina ayuda le proporcionaron. Morales no es una víctima propiciatoria de un gobierno de turno. Por alguna causa, que pudiera estar vinculada con la obsecuencia política, fue despedido de una radio, y con ello silenciado. Falso argumento, el de la persecución.

El argumento central

Morales podrá distorsionar lo que sea en la información pública, pagado o no por algún mandante. Podrá hipotecar la Profesión y su propio prestigio. Pero lo que queda claro aquí, es que, mientras no cometa un delito que altere el Estado de Derecho, hará uso de su Libertad. ¿Sabe porqué estimado Paisano? Sencillamente, porque lo que está en juego en esta circunstancia, es la Libertad de expresión, y no las conductas del periodista. Aunque éste pueda resultar antipático o desagradable, o militante de algo que ya no existe.


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