El Sistema de publicidad oficial de Salta ante la justicia internacional
El informe anual 2014 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre Libertad de Expresión incluyó el Recurso de Amparo del Semanario Nueva Propuesta contra el gobierno
Por el caso del Recurso de Amparo de los periodistas Juan Guillermo Gonza, director-propietario del Semanario Nueva Propuesta, y Guillermo Gonza (h) sub director del periódico y titular de la producción de Viaje de Pesca Televisión/Revista/Radio, pendiente ante la justicia salteña desde hace casi dos años- la Relatoría para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) –en su informe anual 2014 difundido en estos días- le recordó al poder judicial los estándares internacionales sobre publicidad oficial.
El semanario salteño y sus directores llevan años ante la justicia salteña buscando el amparo a los derechos a la libertad de expresión, vulnerados por el gobierno de Salta a través de la suspensión, reducción y posterior retiro total de la publicidad oficial de forma discriminatoria y arbitraria.
No es un tema menor. La CIDH lleva años pidiendo a la Argentina que legisle y aplique los estándares internacionales en la materia. Incluso este reclamo lo hizo suyo la propia Corte Suprema de Justicia de la Nación, con amplia jurisprudencia obligatoria para los jueces provinciales. El caso salteño es una muestra de la arbitrariedad que se vive en la distribución de pautas publicitarias, así como de la incapacidad del poder judicial en decidir temas políticamente incomodos.
El primer malestar lo manifestó el juez de primera instancia, quien enseguida declinó su competencia hacia la Corte de Justicia de la Provincia de Salta. En febrero de 2014 nuestro tribunal supremo se declaró “incompetente” para decidir el recurso.
En el juego de una evidente incomodidad judicial el caso volvió a primera instancia para encontrarse con una excusación extraordinaria -y vergonzosa- por el juez ante quien originariamente se había buscado protección a los derechos constitucionales y convencionales vulnerados. Esto ocasionó que se deba volver a presentar la demanda y volver a empezar en el juego de la oca judicial. Hasta el momento no hay sentencia.
La inclusión del Amparo de NUEVA PROPUESTA
En la parte del informe de la Relatoría Especial vinculado a la Publicidad Oficial en la Argentina, ésta cita en primer término la investigación abierta en contra de cuatro funcionarios por supuestas irregularidades en el programa ‘Fútbol para Todos’. A renglón seguido expresa lo siguiente en relación al Recurso de Amparo de los periodistas Juan Guillermo Gonza y Guillermo Gonza (h) al que hace referencia el título y el contenido de este informe. Esto expresa textualmente la CIDH:
· El 25 de febrero de 2014 la Corte Suprema de la Provincia de Salta decidió declararse “incompetente” para conocer un recurso de amparo presentado en agosto de 2013 por el periodista Juan Guillermo Gonza, director del Semanario Nueva Propuesta, y su hijo Juan Guillermo Gonza, director de Viaje de Pesca Radio, Televisión y Revista (GG Producciones), por la suspensión, reducción y posterior retiro total de la publicidad oficial a sus medios de presunta forma arbitraria y discriminatoria, excluyéndolos de la distribución que de estos recursos hace el Poder Ejecutivo de la Provincia de Salta.
· En el recurso de amparo, cuya tramitación se encontraría demorada hace más de un año, el periodista denuncia además la omisión de la mencionada Provincia en legislar en esta materia, contar con recursos efectivos y adoptar medidas idóneas para proteger el derecho a la libertad de expresión. Según la información recibida, pese a que el gobierno provincial habría reconocido la discriminación de que es objeto el semanario del señor Gonza en audiencias conciliatorias, hasta la fecha la situación no se habría revertido ni se habrían establecido mecanismos legales para la asignación objetiva y reglada de la pauta oficial.
· La Relatoría recuerda que en el artículo 13.3 de la Convención Americana se establece que “no se puede restringir el derecho de expresión por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas, o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios encaminados a impedir la comunicación y la circulación de ideas y opiniones”.
· En este sentido, también la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en el principio 13 indica que “la utilización del poder del Estado y los recursos de la hacienda pública; la concesión de prebendas arancelarias; la asignación arbitraria y discriminatoria de publicidad oficial y créditos oficiales; el otorgamiento de frecuencias de radio y televisión, entre otros, con el objetivo de presionar y castigar o premiar y privilegiar a los comunicadores sociales y a los medios de comunicación en función de sus líneas informativas, atentan contra la libertad de expresión y deben estar expresamente prohibidos por la ley”.
Ha pasado mucho tiempo y esa incomodidad judicial debe terminar porque puede encontrar el confort de los estándares internacionales que con la solidez de los precedentes otorga la solución que la justicia necesita.
Nota: El Semanario salteño Nueva Propuesta transita su 23er año de existencia y es Premio Nacional ADEPA – Diario Clarín a la Libertad de Prensa. El Informe Anual 2014 de la CIDH está disponible en www.oas.org/es/cidh/expresion/informes/anuales/informeanual2014.pdf-Go