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Señores Gobernantes: “Censura Indirecta”: ¡Nunca más!

El histórico fallo de la Jueza salteña Bibiana Acuña en el “Caso Gonza Juan y Gonza Guillermo – “Semanario Nueva Propuesta” y “Viaje de Pesca, Caza y Turismo – TV –Revista-Radio” constituyó sin duda el hecho más relevante del 2015 en defensa de la Libertad de Expresión.

Cuando tras recorrer un absurdo peregrinar por todos los niveles de la Justicia competentes para el caso de un Recurso de Amparo en defensa de la Libertad de Expresión que insumió virtualmente tres años matizados con la alternativa inverosímil pero real de un juez que termino excusándose por haberse bandeado en un festejo familiar anticipando opinión sobre el caso, el 22 de Agosto de este año una jueza salteña reivindicó la majestad de la Justicia con un fallo ejemplar en defensa de la Libertad de Expresión.

Consistió en lo concreto en obligar al Gobierno provincial a restaurar la publicidad del Estado quitada arbitrariamente a los dos medios salteños que dirigen los periodistas Juan Guillermo Gonza y Juan Guillermo Gonza (h) bajo la gravísima figura de la Censura Indirecta que el Derecho Internacional ha consagrado y sigue fortaleciendo con carácter universal.

Y que no es otra cosa que la persecución e intento de silenciar a toda opinión crítica y libre desde el periodismo, que no es otra cosa que la voz de los que no tienen voz. De los pueblos.

Lo dijimos permanentemente desde el inicio de la demanda, que personificamos en el titular del Poder Ejecutivo, es decir el gobernador de la provincia.

La actuación profesional de los letrados Isabel Alejandra Gonza desde su consultora internacional sobre Derechos Humanos con sede en Estados Unidos, mas la empeñosa y comprometida acción de los abogados, Luis Enrique Gonza, Gonzalo Guzmán Coraita y Marcelo Arancibia, posibilitó esta jurisprudencia que trasciende con proyección nacional y universal. Y que –cabe destacarse- refuerza y se sustenta en fallos de idéntica magnitud en los dictados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Por ejemplo los pronunciamientos sobre Editorial Río Negro” (Fallos: 330:3908) y “Editorial Perfil” (Fallos: 334:109).

A ellos nuestro especial reconocimiento repitiendo permanentemente la convicción que en modo alguno se trató de una disputa material sino, por el contrario, indiscutiblemente en preservación de los valores éticos y morales que norman toda actividad del ser humano. En nuestro caso, el ejercicio del más maravilloso de los oficios como acertara a definirlo Gabriel García Márquez al periodismo.

Pero no se agota esta evocación del hecho más trascendente para la Libertad de Expresión en reavivar la siempre encendida Memoria de los Pueblos, sino que también tenemos la obligación hoy de advertirle al señor Gobernador Juan Manuel Urtubey que en estos precisos momentos sus infaltables buscadores de méritos pírricos han emitido un email tipo circular para los periodistas y algunos medios anunciando como rutilante medida de austeridad que suspende la publicidad hasta nuevo aviso.

Ello y condenar al periodismo y a infinidad de productoras empresarias o individuales a un castigo arbitrario es repetir viejas metodologías que nunca revisten carácter general, sino que tienen las excepciones de amistades y otros vínculos que nadie desconoce y que distan sideralmente del respeto a la Libertad de Expresión.

Una Libertad de Expresión por la cual taxativamente se preocupó el fallo judicial salteño que hoy destacamos como el más importante del año en la materia y que además estableció hasta aquí para un Estado irreverentemente en desacato, lo siguiente:

ORDENANDO A LA PROVINCIA DE SALTA que restaure la publicidad oficial otorgada a los medios periodísticos de los actores, “Semanario Nueva Propuesta” y al programa “Viaje de Pesca”, a cuyo fin se deberá presentar dentro del plazo de quince días de quedar firme o consentida la presente, un esquema de distribución de publicidad, respetando los términos y principios señalados precedentemente y los establecidos por la Corte Suprema de Justicia en los pronunciamientos ·Editorial Río Negro” (Fallos:330:3908) y “Editorial Perfil” (Fallos: 334:109)EXHORTANDO a la demandada a la consideración del dictado de una norma de carácter general, que regule las contrataciones de publicidad oficial bajo los parámetros señalados en el punto anterior, que garantice la libertad de prensa, contra actos que directa o indirectamente puedan afectarla. Debiendo también remitirse copia de las presentes actuaciones al Poder Legislativo, para su conocimiento mediante oficio de estilo.La reedición del Suplemento Especial que editáramos con el contenido de nuestra conferencia de prensa en la sede del Colegio de Abogados de Salta para difundir el fallo histórico de la Jueza salteña Bibiana Acuña, refleja nuestra convicción y compromiso irrenunciables desde siempre y por siempre. Testimoniados en los 24 años de existencia ininterrumpida de SEMANARIO NUEVA PROPUESTA que cumpliremos en el año que se inicia.Por el periodismo y con sentido de homenaje a todos y cada uno de los medios y los colegas que lo ejercen con probada dignidad y levantan con nosotros la consigna irrenunciable para todos los tiempos de: Señores gobernantes: “Censura Indirecta”… ¡Nunca Más…!


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