EL PRESIDENTE VIVE EN UNA BURBUJA. Un decreto que tiene el enorme desafío de la autoridad
08/04/2021 - 21:18
PorDiego Cabot
LA NACION
Alberto Fernández anunció nuevas restricciones por la pandemia
Sólo, en medio de un jardín arbolado, el presidente Alberto Fernández anunció los principales lineamientos de la herramienta con la que el Gobierno pretende enfrentar la segunda ola de la pandemia por el Covid. Vacunado y contagiado firmó el decreto que se conoció en las últimas horas.
Varias cosas podrían resumirse a la hora de analizar la norma que alumbró. La primera se refiere a quién es el emisor, es decir, quién la dicta. El decreto de necesidad y urgencia es una ley que se realiza en uso de las facultades constitucionales que tiene el Poder Ejecutivo, en este caso, Fernández. Y ahí empiezan los matices a la hora de que una ley genere las conductas deseadas.
Al Presidente se le aplicaron las dos dosis de la vacuna rusa, vive en una burbuja y se relaciona con funcionarios que en la mayoría de los casos también recibieron su medicación, más allá de que ciertos gestos ofuscaron a muchos. Pero sucede que la Argentina ha dejado de hacerse algunos cuestionamientos básicos. Sin embargo, bien cabría la siguiente pregunta: ¿Cómo se contagió? La salud presidencial y sus cuidados es política de Estado y la información al respecto debiera ser conocida. Nada se sabe sobre el tipo de actividad llevó al primer mandatario a dar positivo de Covid.
Alberto Fernández
Sin ese dato, parece imposible que el Presidente se convierta en el emisor de un discurso aleccionador sobre las conductas de quienes son los legislados. Parece una obviedad, pero el legislador, en este caso Fernández, necesita no solo legalidad, que la tiene, sino legitimidad como para imponer su solución. Algo así como tener el capitán del equipo al que se lo expulse siempre, o concurrir al médico adicto al tabaco y escucharlo dar consejos respecto de cómo dejar el cigarrillo.
Claramente, el decreto es operativo, es decir, empieza a regir en el momento mismo que establece ya que no hay ningún tipo de vicio en el dictado. Legalmente es obligatorio, emanada de autoridad competente que tiene capacidad legal para establecer normas positivas.
A partir de la medianoche, de acuerdo al artículo dos del decreto 235, es obligatorio mantener una distancia mínima de dos metros con otra persona, utilizar tapabocas en espacios compartidos, ventilar los ambientes en forma adecuada y constante, higienizarse asiduamente las manos y toser o estornudar en el pliegue del codo, entre otras cuestiones a respetar.
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